Precios de Transferencia

Conozca nuestra gama de servicios

La Ley del Impuesto a las Ganancias Argentino establece, respecto a las operaciones celebradas con compañías vinculadas del exterior, la obligatoriedad de cumplimentar con el principio del operador independiente o «arm´s lenght» en las transacciones realizadas. Actualmente rige en esta materia la Resolución General 1122/01 de AFIP.

A fin de demostrar que los precios utilizados en las operaciones responden a los que hubieran convenido partes independientes en operaciones comparables deben, entre otros requerimientos legales, guardarse los papeles de trabajo de la determinación de los precios y la documentación respaldatoria de las mismas.

La reglamentación establece, además, que debe presentarse un Estudio de Precios de Transferencia y la copia de los tres últimos Balances de la Compañía local.

Contamos con un amplio y detallado conocimiento que se requiere para asistir a nuestros clientes con el cumplimiento de aquellas cuestiones complejas relacionadas con Precios de Transferencia.

Contáctenos

Llámenos o complete el siguiente formulario y nos pondremos en contacto con usted a la brevedad. Intentamos responder a todas las consultas dentro de las 24 horas hábiles.